Compromiso con “mi mascota”
- Me haré responsable de su bienestar y me comprometo a cuidarlo siempre.
- Garantizaré comida y agua fresca, así como un alimento adecuado.
- Cuidaré su higiene física y mantendré el lugar dónde se encuentre limpio.
- Brindaré atención veterinaria cuando lo requiera y me comprometo a cumplir cabalmente con las vacunaciones que correspondan para asegurar su salud, integridad física y bienestar no solo del animal sino de los demás ciudadanos.
- Brindaré atención, cuidados y cariños.
- Me comprometo a velar siempre porque tenga una vida segura.
- Impediré o evitaré agresiones físicas de otros animales, personas, así como me comprometo establecer todos los mecanismos para que mi mascota no represente riesgos a humanos y/o a cualquier otro otros seres vivos.
- Me comprometo a garantizar que el animal haga ejercicio y actividad física.
Normas Para el Disfrute de la Transportación Colectiva de la Mascota:
- El transporte de mascotas en el sistema municipal deberá autorizarse siempre y cuando se pueda proveer a todos sus usuarios y al chofer, un ambiente seguro e higiénico durante el curso de la ruta.
- Se admitirá sólo (1) un animal por persona. En circunstancias excepcionales se podrá autorizar hasta un máximo de dos (2) mascotas pequeñas, asegurando que se cumplan con las medidas de transporte descritas más adelante y siempre que ello no ocasione inconvenientes a los ciudadanos que disfrutan del servicio.
- Las personas que opten por transportar las mascotas en el sistema de transporte colectivo deberán poseer evidencia acreditativa de que esta fue debidamente inscrita en el Registro de Mascotas del Municipio, salvo se trate de una circunstancia especial por motivo de la celebración de un evento de la ciudad, o que el ciudadano evidencie no ser residente. Como parte del proceso de inscripción de animales en el Registro de Mascotas, se evaluará que el animal cuente con sus vacunas al día, de no contar con las vacunas al día, el ciudadano podrá acudir a uno de los eventos de vacunación gratuita promovidos por el Municipio o visitar al veterinario de su selección. Una vez cuente con el certificado de vacunación, se inscribirá la mascota y como parte de la inscripción se le asignará una autorización para discurrir en el transporte público municipal. El registro de mascotas será administrado por la Oficina Municipal para el Manejo de Emergencias. Para acceder al registro de mascotas el ciudadano deberá visitar el portal municipal www.caguas.gov.pr/registrodemascotas. Una vez ingresada la información, el sistema expedirá evidencia de registro y una autorización para discurrir en el transporte público. El ciudadano registrante, que deberá ser el titular del animal o algún adulto con capacidad legal para asumir la responsabilidad por cualquier situación ocasionado por el animal, a su vez suscribirá de manera digital un compromiso de cuidado de su mascota, liberando de responsabilidad al Municipio, empleados y funcionarios municipales de responsabilidad por cualquier daño ocasionado por su mascota o por cualquier lesión que pueda sufrir el animal como resultado del uso del transporte público.
- Para el transporte de animales pequeños, se requerirá la utilización de un portador de animales adecuado para su tamaño con la ventilación suficiente para garantizar la salud y bienestar del animal. Este deberá contar con al menos de dos (2) a cuatro (4) pulgadas de espacio en la parte superior del portador que permita que el animal pueda pararse y con el ancho suficiente para que se pueda acostar y girar cómodamente.
- En ninguna circunstancia el animal ocupará una silla del transporte público o podrá estar suelto en el vehículo.
- Animales de mayor tamaño deberán ser transportados con cadena (leash) con un largo no mayor de diecinueve (19) pulgadas. El manejador del animal deberá garantizar que cuenta con control completo de la mascota y en la manera que la disponibilidad lo permita, el ciudadano deberá ubicarse en la parte posterior del vehículo, o algún espacio vacante sin otros usuarios al lado, ocasionando los menores inconvenientes a los usuarios además de garantizar que el (la) chofer(a) pueda dar cumplimiento a las disposiciones que exige la Ley de Vehículos y Transito, supra.
- Si el animal ocasiona algún daño el titular será responsable de resarcir al Municipio y/o a cualquier viajero que haga uso del servicio y que resulte afectado por la ocurrencia de algún incidente provocado por el animal. De igual manera, será responsable de atender cualquier incidente que ocasione que desechos orgánicos de la mascota se derramen en cualquier superficie del transporte municipal. Para ello, deberá portar durante el transporte del animal toallas húmedas antibacteriales para poder limpiar cualquier superficie afectada por el desecho animal. Igualmente, deberá portar consigo bolsas desechables para el recogido de cualquier residuo biológico de la mascota.
- Ninguna de las limitaciones antes consignadas será de aplicabilidad en una situación de emergencia en la cual se requiera el transporte urgente de ciudadanos con sus mascotas para garantizar la vida y seguridad de estos.
- El Municipio se reserva el derecho de revisar periódicamente las normas aquí dispuestas para garantizar no solo el bienestar animal sino la ocurrencia de la menor cantidad de inconvenientes a los usuarios.
- Cualquier incumplimiento con lo anterior pudiera representar la suspensión del servicio de transporte de manera inmediata, salvaguardando la seguridad de los pasajeros e indefinida hasta que se realice la investigación correspondiente.

